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FechaTítuloResumen
8-oct-2019Dapero (causa Nº 7458)Una persona fue imputada como partícipe secundaria del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de una administración pública. En la etapa de juicio suscribió un acuerdo de juicio abreviado en el que la fiscalía solicitó que se la condenara a la pena de un año y ocho meses de prisión de ejecución condicional. El Tribunal Oral la condenó en esos términos. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación en el que sostuvo que la conducta imputada era atípica. El tribunal rechazó la impugnación por considerar infundado el planteo. Entonces, la defensa interpuso un recurso de queja que fue declarado inadmisible por la CFCP por falta de fundamentación y ausencia de cuestión federal. Finalmente, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal. En su presentación sostuvo que la resolución resultaba arbitraria por cuanto no había tratado los agravios relativos a la falta de relevancia penal de la conducta. En ese sentido, entendió que se encontraba violada la garantía al doble conforme.
28-jun-2018PLM (causa Nº 11069)Dos personas fueron imputadas por el delito de robo cometido en poblado y en banda, en grado de tentativa. En la etapa de juicio, suscribieron un acuerdo de juicio abreviado. El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se les impusiera una pena de dos años de prisión. El Tribunal Oral condenó a los imputados a la pena de un año y seis meses de prisión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En particular, se cuestionó la constitucionalidad de la figura prevista en el artículo 167, inciso 2°, del Código Penal. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, por mayoría, declaró inadmisible la impugnación. Para decidir de esta manera, consideró que el tribunal no se había apartado de lo pactado en el acuerdo y que, por lo tanto, no existía un agravio. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal cuyo rechazo motivó la interposición de un recurso de queja. En esa oportunidad, sostuvo que se había desconocido el derecho de revisión de la condena y de la pena, previsto en los artículos 8, inciso 2º, apartado h, de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14, inciso 5º, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.